Son aquellas actividades que deben realizar todos los estudiantes universitarios en las comunidades, aplicando los conocimientos científicos, técnicos, culturales, deportivos y humanísticos, adquiridos durante su formación académica, según lo establecido en la LEY DEL SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE DE EDUCACIÓN SUPERIOR, publicado en Gaceta Oficial No. 38272 de fecha: 14/09/2005.
Se pretende además con este servicio, que todos los estudiantes de Educación Superior, cooperen con su participación al cumplimiento de los fines de bienestar social, de acuerdo con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
REQUISITO INDISPENSABLE DE GRADO
Es un requisito obligatorio para la obtención del título profesional, no creando derechos u obligaciones de carácter laboral, y sin remuneración alguna.
COMO SE PRESTARÁ EL SERVICIO COMUNITARIO:
Se inscribirá en la Coordinación de Servicio Comunitario, sin costo alguno.
Se prestará a través de programas y proyectos que respondan a las necesidades de las comunidades.
Lo realizarán todos aquellos estudiantes que hayan cumplido con el cincuenta por ciento (50%) del total de los
créditos de la carrera que estén cursando.
Tendrá una duración mínima de ciento veinte (120) horas académicas.
Se conformarán equipos de estudiantes de una misma carrera o alternos, dependiendo de la naturaleza del proyecto o programa de trabajo a desempeñar.
Para mayor información, dirigirse a la Coordinación de Servicios Comunitarios, donde un equipo de tutores le asesorarán en relación a los programas y proyectos a ejecutar en las comunidades, y/o comunicarse a través de los teléfonos; (0265) - 6317715 - 6627067 - 6312321
E-MAIL
serviciocomunitario@iutpec.com

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